Los padres pueden aplicar el mínimo por descendientes aunque el hijo presente su propia Renta

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Desde Madwel Abogados y Asesores te contamos una aclaración importante de cara a la campaña del IRPF: la Administración ha confirmado que los progenitores pueden seguir aplicando el mínimo por descendientes incluso cuando el hijo presenta su propia declaración, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

La resolución procede de la Dirección General de Tributos, organismo dependiente de la Agencia Tributaria, y aclara una duda muy frecuente entre familias con hijos que han trabajado de forma puntual.

Requisitos clave

Para que los padres puedan aplicarse este beneficio fiscal:

  • El hijo debe ser menor de 25 años (salvo discapacidad).

  • Debe existir convivencia o dependencia económica.

  • No puede tener rentas superiores a 8.000 € anuales.

  • Si presenta declaración propia, sus ingresos netos no pueden superar 1.800 €.

Lo relevante no es que el descendiente haga su declaración, sino cuánto gana. Si no supera ese límite, el derecho al mínimo por descendiente se mantiene.

Por qué es importante

Este criterio evita que muchas familias pierdan beneficios fiscales cuando sus hijos realizan trabajos esporádicos, como campañas de verano o contratos temporales.

En definitiva, presentar la Renta no elimina automáticamente el derecho al mínimo por descendientes; lo determinante es el nivel de ingresos del hijo y su situación de dependencia.